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Información matriculados | Arancel profesional

Valores actualizados del Arancel Profesional para los profesionales de las Ciencias Agrarias a Diciembre de 2009

 

 La Ley N° 21165 que fijaba los aranceles profesionales para todos los Consejos integrantes de la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería se encuentra derogada por el decreto 2284/91, por lo tanto los aranceles publicados constituyen valores de referencia no obligatorios para los matriculados.

 

Arancel

INDEC

Consultoras

Privadas

Días de trabajo en el terreno:

Los primeros diez días ($ m/n. 500.-)

$ 385.-

$ 465.-

Los siguientes veinte días ($ m/n. 450.-)

$ 346.50.-

$ 418.50.-

Días de trabajo en gabinete ($ m/n. 450.-)

$ 346.50

$ 418.50.-

 

Valores aprobados por Junta Central según Acta Nro. 933 del 30/03/ 2010

Los valores precedentes surgen de actualizar los aranceles fijados Ley 21.165 por el índice de Precios al consumidor desde la fecha de su promulgación hasta el diciembre de 2009. Los coeficientes de actualización se presentan en el cuadro siguiente.

Adicionalmente se incluyen valores del arancel actualizados durante el año 2008 de acuerdo con las estimaciones de incremento de precios al consumidor de consultoras privadas.

Coeficiente de Actualización del Arancel

 

Año-Mes

Indice INDEC

Consultoras Privadas

 

IPC

Variación

Coeficiente

Variación

2001-12

97,60

 

0,32

 

 

2002-06

127,36

0,03621

0,42

 

 

2002-12

137,57

0,00189

0,45

 

 

2003-06

140,40

0,00085

0,46

 

 

2003-12

142,60

0,00211

0,47

 

 

2004-06

147,32

0,00697

0,48

 

 

2004-12

151,30

0,00840

0,49

 

 

2005-06

160,57

0,00918

0,53

 

 

2005-12

169,95

0,01113

0,56

 

 

2006-06

178,27

0,00485

0,58

 

 

2006-12

186,67

0,00979

0,61

 

 

2007-06

193,90

0,00440

0,63

 

 

2007-12

202,49

0,04430

0,66

 

 

2008-06

211,88

0,04637

0,69

0,22

 

2008-12

217,13

0,02480

0,71

0,81

2009-6

223.03

0.02719

0.73

0.151

 

2009-12

233.83

0.04975

0.77

0.93

 

 

De su aplicación surge, a modo de ejemplo, que los valores mínimos y orientativos en lo que hace a día de trabajo en el terreno: $ 500 m/n. X 0.77 coeficiente a diciembre 2009 = $ 385.-, y procediendo con índices de consultoras privadas es $500 m/n x 0,93 = $ 465.-

Recordamos a nuestros colegas que todo trabajo, de cualquier naturaleza que sea, encomendado a un profesional en su carácter de tal, estará sujeto a honorarios. Dichos honorarios constituyen la retribución por el trabajo y responsabilidad del profesional en la ejecución de la tarea encomendada e incluyen los gastos generales relacionados con el ejercicio de su profesión. Los gastos especiales deberán ser abonados por el comitente independientemente de los honorarios, entendiéndose como tales: viajes, estadías, comunicaciones, impuestos, sellados, jornales y cualquier otro gasto extraordinario.

Texto de la Ley Nº 21.165 para la actualización semestral de los valores monetarios del arancel profesional con fines orientativos para otras tareas profesionales.

 

Capítulos:

·Mecánica de actualización
·Disposiciones Generales
·Informes y Certificaciones
·Dirección y Asesoría Técnica
·Proyecto y Dirección de Obras
·Nivelaciones
·Tasaciones