Valores actualizados del Arancel Profesional para los profesionales de las Ciencias Agrarias a Junio de 2011 El Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica informa que utilizará los valores aprobados por la Junta Central en el Acta 961 del 26/07/2011, para aplicarlos a las normas arancelarias que rigen a los Ingenieros Agrónomos en jurisdicción nacional. Por lo tanto se utilizará el valor del coeficiente de actualización a junio de 2011, igual a 1,982304 (serie base: abril 2008=100). Coeficiente de Actualización del Arancel Profesional del Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica Valores aprobados por Junta Central para el CPIA según Acta Nro 961 del 26 de Julio de 2011 | Año | Mes | Coeficiente | | 2007 | Junio | 1,415556 | | 2007 | Diciembre | 1,478267 | | 2008 | Junio | 1,546836 | | 2008 | Diciembre | 1,585201 | | 2009 | Junio | 1,628305 | | 2009 | Diciembre | 1,724905 | | 2010 | Junio | 1,807444 | | 2010 | Diciembre | 1,893651 | | 2011 | Junio | 1,982304 | | Serie Base: Abril 2008=100. | De su aplicación surge, a modo de ejemplo, que los valores mínimos y orientativos en lo que hace a día de trabajo en el terreno: $500 m/n. X 1,98 coeficiente a junio de 2011 = $ 990.-. Valores de referencia actualización Decreto Nº 3771/57. Ley 21.165 para Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica Valores aprobados por Junta Central para el CPIA según Acta Nro 961 del 26 de Julio de 2011 | Arancel | INDEC | | Días de trabajo en el terreno: Los primeros diez días ($ m/n. 500.-) | $ 990.- | | Los siguientes veinte días ($ m/n. 450.-) | $ 891.- | | Días de trabajo en gabinete ($ m/n. 450.-) | $891.- | Los valores precedentes surgen de actualizar los aranceles por el índice de precios al consumidor a junio de 2011. Recordamos a nuestros colegas que todo trabajo, de cualquier naturaleza que sea, encomendado a un profesional en su carácter de tal, estará sujeto a honorarios. Dichos honorarios constituyen la retribución por el trabajo y responsabilidad del profesional en la ejecución de la tarea encomendada e incluyen los gastos generales relacionados con el ejercicio de su profesión. Los gastos especiales deberán ser abonados por el comitente independientemente de los honorarios, entendiéndose como tales: viajes, estadías, comunicaciones, impuestos, sellados, jornales y cualquier otro gasto extraordinario. Texto de la Ley Nº 21.165 para la actualización semestral de los valores monetarios del arancel profesional con fines orientativos para otras tareas profesionales Capítulos:
·Mecánica de actualización ·Disposiciones Generales ·Informes y Certificaciones ·Dirección y Asesoría Técnica ·Proyecto y Dirección de Obras ·Nivelaciones ·Tasaciones |